El Tribunal Constitucional ha aprobado el proyecto de ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente, desestimando las acusaciones de inconstitucionalidad planteadas por gremios empresariales como Sofofa y CPC. Con esta aprobación, el proyecto está listo para ser promulgado, brindando herramientas para perseguir delitos económicos y destacando avances significativos en materia ambiental, según los expertos.

Esta ley modifica varios cuerpos legales para definir de manera más precisa los delitos relacionados con el orden socioeconómico y establece penas adecuadas para cada uno de ellos. Esta reforma penal es la más significativa desde la promulgación del Código Penal hace más de 150 años.

El Proyecto innova en una serie de materias, destacándose:

  • Los delitos vinculados a la actividad empresarial se han sistematizado en cuatro grandes categorías conocidas como «Delitos Económicos».
  • Se han creado nuevos delitos, como el título «Atentados contra el medio ambiente» en el Código Penal, así como la tipificación de la explotación laboral de los trabajadores, entre otros.
  • La inclusión de nuevos delitos base al delito de lavado de activos tipificado en el artículo 27 de la Ley N° 19.913.
  • Se han establecido y fortalecido penas y sanciones, con el objetivo de garantizar que las penas privativas de libertad sean cumplidas de manera efectiva por aquellos que cometan un «Delito Económico».
  • Se han incrementado los delitos base para la responsabilidad penal de las personas jurídicas y se han modificado los requisitos para los Modelos de Prevención de Delitos.

Ministerio Secretaría General de la Presidencia. @Segpres

Creación de Nuevos Delitos

El Proyecto introduce una serie de nuevos delitos al sistema legal, destacando especialmente la adición de un nuevo título llamado «Atentados contra el medio ambiente» en el Código Penal. Se establecen seis delitos medioambientales, con penas que varían desde 61 días hasta 5 años de prisión para delitos que representan un peligro potencial, y hasta 10 años de prisión para aquellos delitos que causan daños concretos. Además, se imponen multas obligatorias que oscilan entre 120 UTM y 120.000 UTM.

El Proyecto contempla la incorporación de varios delitos medioambientales, abarcando conductas específicas y la protección de ecosistemas particulares. Entre estos nuevos delitos se encuentra el delito de omisión de evaluación de impacto ambiental, que penaliza la falta de realización de dicha evaluación en proyectos que podrían afectar el medio ambiente. Asimismo, se establece el delito de extracción de aguas en zonas de reducción temporal o escasez hídrica, con el objetivo de preservar el recurso hídrico en áreas sensibles.

Sin embargo, uno de los aspectos más destacados de esta reforma es la inclusión de tipos penales que sancionan los atentados generales contra el medio ambiente. Entre ellos, se encuentra el delito de contaminación ambiental, que penaliza las acciones que causen daño significativo al medio ambiente, y en su caso, el delito de contaminación negligente o imprudente, que sanciona aquellos actos que, sin intención directa, generen perjuicio al entorno ambiental.

Estas modificaciones representan un avance significativo en nuestro sistema jurídico, ya que incorporan nuevos delitos específicamente enfocados en la protección del medio ambiente y permiten sancionar de manera más efectiva las conductas que afectan negativamente a nuestros recursos naturales y ecosistemas.

Nuevas penas y sanciones, y fortalecimiento de la pena privativa de libertad

  • Nuevas penas y sanciones:
    El Proyecto reemplaza el sistema de «multas absolutas» por un sistema de «días-multa». En este nuevo sistema, la multa se determina multiplicando el ingreso diario promedio líquido del condenado por el número de días de condena. Esta medida busca establecer sanciones más proporcionales y ajustadas a las circunstancias específicas de cada caso.
  • Fortalecimiento de la pena privativa de libertad
    El Proyecto limita la opción de penas sustitutivas (que se cumplen en libertad) con el objetivo de asegurar el cumplimiento efectivo de las penas privativas de libertad. Se elimina la posibilidad de libertad vigilada para las penas más graves y se establecen requisitos más estrictos para otras formas de cumplimiento sustitutivo de la pena. Por ejemplo, se prohíbe aplicar la atenuante de «irreprochable conducta anterior» en los Delitos Económicos. Esta medida busca garantizar una mayor efectividad en el cumplimiento de las penas y una mayor responsabilidad por parte de los condenados.

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¿Es un avance significativo en materia ambiental?

El medio digital eldesconcierto.cl llevó a cabo una entrevista con Ezio Costa, abogado de ONG FIMA, quien resalta un notable avance en esta nueva ley, a punto de ser publicada.

Aspectos clave a resaltar de esta ley incluyen:

  • Cárcel por delito ambiental
    Costa señala, “Lo más importante es que se tipifican y convierten en delito una serie de acciones que hasta ahora no lo son y, por lo tanto, con esta nueva ley se podrá sancionar incluso con cárcel a las personas que cometan acciones contra el medio ambiente y también contra los instrumentos de gestión ambiental”
  • Penaliza información falsa
    La entrega de información falsa en Estudios de Impacto Ambiental de proyectos será penalizada, incluso con cárcel. Ezio, para radio Cooperativa señala, “Muchas veces nos topábamos con un estudio que decía que un ecosistema no tenía ninguna especie en peligro de extinción, pero si uno iba al lugar se encontraba con que sí había. Decían esto para evitar tener que tomar medidas de protección que le cuesten a la empresa. Ahora esa práctica va a ser penalizada”
  • Decomiso de ganancias
    Se incorpora la figura del «Comiso de ganancias», permitiendo decomisar las ganancias de empresas que infrinjan normas ambientales, lo que representa otro avance significativo. Costa explica, “esto impide que una empresa incumpla una norma, arriesgando incluso la multa, porque las multas hoy en día pueden ser menores que la ganancia que va a percibir la empresa incumpliendo esta norma”.
    Para el abogado y director de la ONG FIMA, “el resultado más deseable de la ley no sería que se sancione a más personas sino que se cumpla cada vez más la normativa ambiental”.

Rio Damas, Osorno. CodexVerde

Conclusiones Finales

Como Fundación Glaciares Chilenos, celebramos el avance significativo que representa la nueva ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente. La aprobación por parte del Tribunal Constitucional abre una puerta hacia la protección más efectiva de nuestros ecosistemas y recursos naturales.

Los puntos clave de esta ley, como la inclusión de nuevos delitos contra el medio ambiente con penas de cárcel, multas más altas, sanciones por información falsa en los Estudios de Impacto Ambiental, y la posibilidad de decomisar las ganancias obtenidas al incumplir normas ambientales, son herramientas fundamentales para fortalecer la lucha contra la degradación ambiental.

Nuestros glaciares, junto con otros ecosistemas, son tesoros naturales que merecen ser protegidos. Alentamos a todos a sumarse a esta causa, a respetar y valorar nuestra biodiversidad, y a apoyar iniciativas que promuevan un desarrollo sustentable y responsable.

Bibliografía:

  • Chile: Se publica nueva regulación de delitos económicos y ambientales. Link
  • Congreso aprueba proyecto de ley que sistematiza los delitos económicos y atentados contra el medio ambiente y amplía la responsabilidad penal de la persona jurídica. Link
  • Avances ambientales en ley de delitos “de cuello y corbata”: Cárcel y decomiso de ganancia. Link